COBERTURAS Y EXCLUSIONES DE LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA

1. Servicio de Repatriación de Restos Hacia País de Origen/Latam por Muerte Accidental

Por solicitud de los familiares del Afiliado, BEST CARE hará la coordinación del servicio de Repatriación de restos mortales desde Estados Unidos de América hacia país de origen.

La coordinación de esta asistencia incluye:

  • Trámites legales, consulares y traslados del cuerpo hacia país de origen.
  • Trámites legales necesarios para la inhumación o cremación ante las autoridades competentes.
  • Retirar el cuerpo del país o locación del fallecimiento.
  • Preparación del cuerpo embalsamamiento para la conservación de este, durante el trayecto de retorno hacia lugar de procedencia descrito.
  • Proveer un féretro hermético estándar de características específicas y de acuerdo a la ley vigente para la repatriación desde cualquier parte del mundo.
  • Embalaje especial del féretro hermético para la repatriación.
  • Funda de protección para el revestimiento del féretro para su transporte aéreo.
  • Transporte aéreo del cuerpo hacia lugar de procedencia descrito.
  • Trámites legales de Aduana para la entrega del cuerpo en el Aeropuerto.
  • Traslado del cuerpo desde el Aeropuerto del país de origen, hasta el lugar de velación (funeraria o domicilio).
  • El servicio de asistencia de Repatriación no tendrá límite en el costo de la prestación del servicio y se limitará a un evento año.

Exclusiones del Servicio de Repatriación de Restos Hacia País de Origen/Latam por Muerte Accidental

Queda excluido del presente servicio:

  • El servicio de Repatriación solo aplica para el Titular del servicio, no aplica para terceros afectados o beneficiarios.

2. Servicio de Repatriación Sanitaria Hacia País de Origen/Latam (Por Enfermedad o Accidente Grave)

Por solicitud del Afiliado, BEST CARE hará la coordinación del servicio de Repatriación Sanitaria por enfermedad o accidente grave desde Estados Unidos de América y hacia el país de origen. La coordinación de esta asistencia incluye:

  • Boleto aéreo en clase económica para el titular, hacia el país de procedencia.
  • Un enfermero acompañante en caso sea indispensable y requerido por el centro médico asistencia tratante del titular.

Exclusiones del Servicio de Repatriación Sanitaria Hacia País de Origen/Latam (Por Enfermedad o Accidente Grave)

  • El servicio de Repatriación solo aplica para el Titular del servicio, no aplica para ocupantes ni terceros afectados.
  • No se incluye el traslado de familiares o personas acompañantes.
  • Se excluye el costo de atención médica derivada de la enfermedad o accidente.
  • La cobertura de enfermedades crónicas preexistentes.
  • La cobertura de personas mayores a 70 años.
  • Casos en donde la enfermedad grave sea Covid-19 o cualquier otro considerado como pandémico.
  • Enfermedades preexistentes (Ej.: cáncer, diabetes, insuficiencia renal, etc.).

3. Servicio de Traslado Aéreo Hacia País de Origen/Latam (Boleto Sencillo) por Muerte de un Familiar en Primer Grado de Consanguinidad

En caso del fallecimiento de un familiar del Afiliado, BEST CARE hará la coordinación efectiva para la compra del boleto sencillo de avión para el traslado del Afiliado hacia el país de origen.

El boleto es sencillo, aplica únicamente si el familiar es en primer grado de consanguinidad, para lo cual deberá presentar constancia emitida por la entidad gubernamental destinada al registro de personas como respaldo.

Exclusiones del Servicio de Traslado Aéreo Hacia País de Origen/Latam (Boleto Sencillo) por Muerte de un Familiar en Primer Grado de Consanguinidad:

  • El costo de acompañantes o traslado de personas que no cumplan con el grado de consanguinidad.

4. Telemedicina en Estados Unidos

El Programa Telemedicina proporciona a los Afiliados acceso a una plataforma de tecnología y servicios clínicos de telemedicina, a través de un link que se le proporcionará al momento de completar su suscripción.

En virtud del Programa, se conectará al Afiliado con los médicos apropiados en el Programa para abordar las necesidades clínicas del cliente como un seguimiento de las recomendaciones de Segunda Opinión Médica. El Programa permite a los Afiliados acceder a través de video telefónico e internet a los servicios clínicos, con atención en español y con cobertura en todo Estados Unidos, prestando los servicios en el estado donde se haya adquirido el plan.

Los médicos del Programa ofrecen evaluación de síntomas y proporcionan recomendaciones de tratamiento según lo permitan las leyes aplicables.

La atención y los servicios médicos están destinados a incluir:

  • Un examen de las necesidades médicas del Afiliado.
  • La determinación de si se requiere atención de emergencia inmediata.
  • Una recomendación de las medidas más apropiadas que debe adoptar el Afiliado.
  • Prescripción de medicamentos si fuera necesario.

Características del servicio:

  • Sin prexistencias.
  • Sin límites en la cantidad de servicios.
  • Sin límites de edad.
  • Cualquier patología.

5. Segunda Opinión Médica/Concierge – Para Afiliado en Estados Unidos

Se gestionará la revisión del diagnóstico y/o plan de tratamiento brindado por un proveedor de atención médica al Afiliado, servicio que debe solicitarse en el mismo link de la Telemedicina. Esto significa que su evaluación es realizada no solo por un especialista, sino por un equipo de médicos expertos multidisciplinarios que ejercen en centros médicos líderes en el mundo.

El servicio de Concierge incluye:

  • Admisión en un Centro Médico Mundial a elección del beneficiario.
  • Coordinación del servicio de recepción en el aeropuerto.
  • Traducción 24 horas 365 días.
  • Asistencia en la repatriación de restos en caso de fallecimiento.
  • Asistencia trámites y Visas.
  • Revaluación y negociación del costo de tratamiento.
  • Comisión a éxito de reducción de costos del tratamiento (máximo 25%).

6. Servicio de Orientación Psicológica Telefónica

En caso de que los beneficiarios lo requieran, BEST CARE hará la coordinación efectiva y lo contactará con un profesional de la psicología para que les brinden orientación casos de tensión emocional causados por bullying escolar, ansiedad, miedos, divorcio, muerte de un ser querido, entre otros asuntos.

BEST CARE queda excluido de responsabilidad por cualquier determinación que adopte el Afiliado respecto a la consulta psicológica. Esta orientación en ningún caso equivale a un diagnóstico psicológico.

7. Servicio de Orientación Nutricional Telefónica

En caso de que los beneficiarios lo requieran, BEST CARE hará la coordinación efectiva y lo contactará con un profesional en nutrición para que les brinden orientación sobre la nutrición, la alimentación, los estilos de vida y los aspectos sanitarios implicados.

BEST CARE queda excluido de responsabilidad por cualquier determinación que adopte el Afiliado con respecto a la consulta nutricional.

8. Consulta Médica Presencial con Médico General

En caso de que los beneficiarios del Afiliado lo requieran, BEST CARE hará la coordinación efectiva y programará una cita con un médico general para que les brinden una consulta médica en clínica sobre enfermedades, dolencias, síntomas, medidas de auto cuidado en salud, consultas sobre urgencias médicas y primeros auxilios, información sobre medicamentos, evolución de distintos tratamientos, información toxicológica, pestes, vómitos, cólicos, dolores estomacales, contagios e interpretación de exámenes de laboratorio.

El tiempo de respuesta del servicio dependerá de la ubicación del beneficiario. BEST CARE queda excluido de responsabilidad por cualquier determinación que adopte el beneficiario con respecto a la consulta médica, diagnóstico, recomendaciones o tratamientos que el profesional de la salud determine. Las consultas se coordinarán para días y horarios hábiles y la prontitud de la atención dependerá de la disponibilidad de la red de proveedores de Best Care.

Exclusiones del Servicio de Consulta Médica Presencial con Médico General:

Quedan excluidos del presente servicio:

  • Situaciones de Asistencia en que el beneficiario se encuentre en una situación de urgencia y tome esta asistencia como única medida.
  • Situaciones de Asistencia en que el Beneficiario se encuentre bajo los efectos del alcohol, enervantes o psicotrópicos y esta circunstancia haga imposible su atención o se comporte agresivo el paciente.
  • Situaciones de Asistencia en que el Beneficiario se encuentre violento, armado o agresivo, por cualquier otra circunstancia.
  • Situaciones de Asistencia en que el Beneficiario manifieste trastornos en su personalidad que dificulten su atención.
  • Situaciones de Asistencia en que el Beneficiario o sus familiares se opongan a la consulta médica.
  • Situaciones de Asistencia en que el Beneficiario sufra casos de esquizofrenia o ataques de ansiedad.
  • Situaciones de Asistencia que requieran la atención de especialidad médica adicional a las descritas en la presente propuesta.
  • La coordinación fuera de días hábiles (lunes a viernes) y horarios hábiles (8:00- 17:00 hrs), así como días festivos, dependerá de la disponibilidad de la red de proveedores de Best Care.

9. Consulta Médica Presencial con Médico Ginecólogo o Pediatra

En caso de que los beneficiarios del Afiliado lo requieran, BEST CARE hará la coordinación efectiva y programará una cita con un médico Ginecólogo o Pediatra para que le brinde una consulta médica en clínica sobre enfermedades, dolencias, síntomas, medidas de auto cuidado en salud, consultas sobre urgencias médicas y primeros auxilios, información sobre medicamentos, evolución de distintos tratamientos, información toxicológica, pestes, vómitos, cólicos, dolores estomacales, contagios e interpretación de exámenes de laboratorio.

El tiempo de respuesta del servicio dependerá de la ubicación del Beneficiario. BEST CARE queda excluido de responsabilidad por cualquier determinación que adopte el Beneficiario con respecto a la consulta médica, diagnóstico, recomendaciones o tratamientos que el profesional de la salud determine. Las consultas se coordinarán para días y horarios hábiles y la prontitud de la atención dependerá de la disponibilidad de la red de proveedores de Best Care.

Exclusiones del Servicio de Consulta Médica Presencial con Médico Ginecólogo o Pediatra:

Quedan excluidos del presente servicio:

  • Situaciones de Asistencia en que el beneficiario se encuentre en una situación de urgencia y tome esta asistencia como única medida.
  • Situaciones de Asistencia en que el Beneficiario se encuentre bajo los efectos del alcohol, enervantes o psicotrópicos y esta circunstancia haga imposible su atención o se comporte agresivo el paciente.
  • Situaciones de Asistencia en que el Beneficiario se encuentre violento, armado o agresivo, por cualquier otra circunstancia.
  • Situaciones de Asistencia en que el Beneficiario manifieste trastornos en su personalidad que dificulten su atención.
  • Situaciones de Asistencia en que el Beneficiario o sus familiares se opongan a la consulta médica.
  • Situaciones de Asistencia en que el Beneficiario sufra casos de esquizofrenia o ataques de ansiedad.
  • Situaciones de Asistencia que requieran la atención de especialidad médica adicional a las descritas en la presente propuesta.
  • La coordinación fuera de días hábiles (lunes a viernes) y horarios hábiles (8:00- 17:00 hrs), así como días festivos, dependerá de la disponibilidad de la red de proveedores de Best Care.

10. Soporte en Medicamentos (Previamente Recetados por Médico Presencial de la Red)

Cuando el Beneficiario requiera a raíz de una consulta médica presencial dentro del plan, la compra de medicamentos para tratar alguna enfermedad derivada del servicio de consulta con médico general, pediatra o ginecólogo, BEST CARE hará la coordinación para cubrir hasta $20.00 (veinte dólares, impuestos incluidos) para la compra de dicho medicamento en la farmacia más cercana.

BEST CARE queda excluido de responsabilidad por cualquier determinación que adopte el Beneficiario con respecto a la consulta médica y la prescripción de medicamentos.

11. Servicio de Tarifa Preferencial en Consultas Médicas con Otras Especialidades

El Beneficiario tendrá acceso a tarifas preferenciales con la red de proveedores médicos asociados a BEST CARE en su país local, entre los que se encuentran consultorios médicos generales y de especialidades.

La tarifa especial aplicará en servicios tales como: consultas médicas y diagnóstico clínico.

Para utilizar esta prestación el Beneficiario deberá comunicarse al Centro de Atención Telefónica de BEST CARE y solicitar la información del establecimiento más cercano a su ubicación, para la coordinación del servicio.

Se coordinarán los servicios en horarios y días hábiles y de acuerdo a la disponibilidad de la red médica de BEST CARE.

12. Servicio de Ambulancia Terrestre por Emergencia o Accidente o Emergencia en el Hogar (No Enfermedad Preexistente)

En caso de que el Beneficiario sufra una lesión súbita e imprevista como consecuencia de un accidente o una enfermedad no preexistente que requiera manejo en un centro hospitalario, por solicitud del Beneficiario, BEST CARE hará la coordinación efectiva para el traslado del Beneficiario hacia el centro hospitalario más cercano al Domicilio del Beneficiario o al sitio del accidente, o hacia el centro médico que el Beneficiario decida, si la emergencia así lo permite y se encuentra dentro de misma la ciudad, para que continúe la atención médica a cargo de su empresa prestadora de salud, medicina pre-pagada, seguro de salud o el servicio de salud que el Beneficiario tenga contratado.

El valor de los costos y gastos derivados de la atención médica deberán ser pagados por el Beneficiario.

El Equipo Médico coordinado por BEST CARE orientará a quien solicita el servicio respecto de las conductas provisionales que se deben asumir, mientras se produce el contacto profesional médico-paciente.

El servicio incluye un desplazamiento de hasta 50km. El costo por Km. adicional deberá ser cubierto por el Beneficiario al momento del servicio. En los sitios en donde no se cuente con un proveedor de ambulancia, se coordinará con Bomberos Voluntarios o Municipales locales.

Exclusiones del Servicio de Ambulancia Terrestre por Emergencia o Accidente o Emergencia en el Hogar (No Enfermedad Preexistente)

Quedan excluidos del presente servicio:

  • El traslado desde zonas donde no exista la infraestructura pública o privada necesaria para el traslado del paciente.
  • Las ambulancias programadas.
  • Los atentados voluntarios contra la vida del Beneficiario.
  • El retiro de pacientes en hospitales o clínicas.
  • Cuando la Situación de Asistencia es causada por la participación en prácticas deportivas, competencias, pruebas preparatorias o entrenamientos.
  • Cuando la Situación de Asistencia es causada por la participación en carreras o pruebas de seguridad, resistencia o velocidad.
  • Cuando la Situación de Asistencia es causada por la destinación del Vehículo para fines de enseñanza o de instrucción de su manejo o funcionamiento.
  • Cuando la emergencia es derivada de un accidente vial, lesión previa o enfermedad preexistente.

13. Servicio de Segunda Opinión Médica Telefónica - Beneficiario en País de Origen/Latam

Cuando el Beneficiario en el país de origen requiera de una segunda opinión médica para un diagnóstico o tratamiento que haya recibido de parte de un médico especialista, BEST CARE coordinará una cita médica con un profesional de la salud de su red de proveedores médicos asociados, para que pueda realizar una verificación de su situación médica.

Para este procedimiento el beneficiario deberá presentar exámenes, radiografías, o cualquier otro tipo de información que el médico especialista utilizó para hacer el diagnóstico inicial.

BEST CARE queda excluido de responsabilidad por cualquier determinación que adopte el Beneficiario con respecto a la orientación médica.

14. Asistencia Funeraria por Muerte Accidental (Para Beneficiario - Enfermedad Espera de 3 Meses)

La propuesta incluye asistencia funeraria para beneficiarios únicamente (muerte por enfermedad, espera de 3 meses, por accidente cobertura inmediata). Cobertura de edad: 18 años hasta 70 años.

a. Servicio de asesoría para emisión de documentos

A solicitud de la familia del Afiliado, BEST CARE orientará a la familia del afiliado en trámites legales correspondientes, para la expedición del certificado de defunción de la persona fallecida.

b. Traslados desde lugar del fallecimiento, hacia sala de velación o domicilio y lugar de descanso

A solicitud de la familia del Beneficiario, BEST CARE hará la coordinación efectiva y trasladará al fallecido desde su lugar de fallecimiento, hacia el lugar de velación y posterior hacia su sitio de descanso. Se estima un máximo de 30 km recorridos. El costo por Km. adicional, será cancelado directamente al proveedor por parte de la familia del Beneficiario.

c. Preparación del cuerpo para su conservación por 24 horas.

A solicitud de la familia del Beneficiario, BEST CARE hará la coordinación efectiva y enviará a una persona especializada en preparación de cuerpos para que se encargue de preparar, vestir y maquillar el cuerpo del Beneficiario para que el mismo pueda permanecer en buen estado por 24 horas para efectos de velación y sepulcro.

d. Servicio de cofre fúnebre

A solicitud de la familia del Beneficiario, BEST CARE entregará a la familia un cofre fúnebre para el Beneficiario. Podrán escoger entre dos (2) estilos de cofre diferentes, tamaño estándar, en pino tratado, con vidrio en la parte frontal superior del mismo, acolchonado en su interior, según disponibilidad de funeraria. De requerirse un cofre fuera de lo estándar, el costo será trasladado a la familia del Beneficiario.

e. Servicio de capilla de velación con servicio de cafetería

A solicitud de la familia del Beneficiario, BEST CARE hará la coordinación efectiva y habilitará una capilla de velación con capacidad de acuerdo con regulaciones gubernamentales e instalará servicio de cafetería (café, té, refresco, sándwich, sopa) por un período máximo de veinticuatro (24) horas.

Este servicio es excluyente con el servicio de organización de velación en el domicilio.

f. Servicio de organización de velación en el domicilio

A solicitud de la familia del Beneficiario, BEST CARE hará la coordinación efectiva y habilitará en el domicilio del Beneficiario el espacio para la velación, enviando un cristo para cabecera, dos floreros, dos candelabros, mobiliario (hasta 50 sillas). Este servicio reemplazará a la velación en capilla.

Para la propuesta en donde se incluyen beneficiario nombrado (cónyuge o hijos reconocidos), las edades permitidas para cobertura de titular y beneficiario será de hasta 70 años. 

Exclusiones del Servicio de Asistencia Funeraria por Muerte Accidental (Para Beneficiario - Enfermedad Espera de 3 Meses)

BEST CARE queda excluida de su obligación de prestar los Servicios fúnebres en las situaciones que presenten las siguientes causas: 

  • Los Servicios que la familia del Beneficiario haya contratado sin previo consentimiento de BEST CARE, salvo en caso de fuerza mayor o caso fortuito comprobado que le impida al Beneficiario comunicarse con BEST CARE o con el Personal de Asistencia. 
  • Cuando no exista la infraestructura pública o privada o las condiciones de seguridad del lugar no permitan llevar a cabo la prestación del Servicio. 
  • En caso de que el fallecimiento ocurra fuera del territorio de Guatemala, no está cubierta la repatriación del cuerpo.
  • En caso de suicidio. 
  • Cuando la Situación de Asistencia es causada por fenómenos de la naturaleza de carácter extraordinario, tales como inundaciones, terremotos, erupciones volcánicas, huracanes, tempestades ciclónicas, etc. 
  • Cuando la Situación de Asistencia es causada por energía nuclear o radiación.
  • Cuando la Situación de Asistencia es causada por hechos y actos del hombre derivados del terrorismo, guerra, guerrilla, vandalismo, motín o tumulto popular, etc. 
  • Cuando la Situación de Asistencia es causada por hechos y actos de fuerzas armadas, fuerza o cuerpo de seguridad. 
  • La operación o transporte en o descenso de cualquier vehículo aéreo si el asegurado es piloto, oficial o miembro de la tripulación de este, o si está dando o recibiendo cualquier clase de entrenamiento o instrucción, o si tiene cualesquier deberes relacionados con tal vehículo.

15. Exclusiones Generales

BEST CARE queda excluida de su obligación de prestar los Servicios en las Situaciones de Asistencia que presenten las siguientes causas:

  1. Cuando se reporte la Situación de Asistencia en un plazo superior a las veinticuatro (24) horas de ocurrido el evento.
  2. Los Servicios que el Afiliado haya contratado sin previo consentimiento de BEST CARE; salvo en caso de fuerza mayor o caso fortuito comprobado que le impida al Afiliado comunicarse con BEST CARE o con el Personal de Asistencia.
  3. Cuando el Afiliado y sus beneficiarios se nieguen a colaborar con el Personal de Asistencia asignado por BEST CARE para la prestación de los Servicios de Asistencia.
  4. Cuando haya indicios de que el Afiliado y sus beneficiarios están usando los Servicios para beneficio de terceros.
  5. Cuando la Situación de Asistencia exista antes de la fecha de inicio de la vigencia del Programa de Asistencia (daño preexistente).
  6. Por la mala fe del Afiliado y sus beneficiarios comprobada por el Personal de Asistencia de BEST CARE.
  7. Cuando no exista la infraestructura pública o privada o las condiciones de seguridad del lugar no permitan llevar a cabo la prestación del Servicio.
  8. Cuando la Situación de Asistencia es causada por fenómenos de la naturaleza de carácter extraordinario, tales como inundaciones, terremotos, erupciones volcánicas, huracanes, tempestades ciclónicas, epidemias, pandemias, etc.
  9. Cuando la Situación de Asistencia es causada por energía nuclear o radiación.
  10. Cuando la Situación de Asistencia es causada por hechos y actos del hombre derivados del terrorismo, guerra, guerrilla, vandalismo, motín o tumulto popular, etc.
  11. Cuando la Situación de Asistencia es causada por hechos y actos de fuerzas armadas, fuerza o cuerpo de seguridad.
  12. Cuando la Situación de Asistencia es causada por el personal de cualquier autoridad oficial con orden de embargo, allanamiento, aseguramiento de bienes, aprehensión, cateo, investigación, rescate, que se vea obligado a forzar, destruir o romper cualquier elemento de acceso al Domicilio como son: puertas, ventanas, chapas, cerraduras, etc.
  13. Cuando la Situación de Asistencia es causada por la participación en prácticas deportivas, competencias, pruebas preparatorias o entrenamientos.
  14. Cuando la Situación de Asistencia es causada por la participación en carreras o pruebas de seguridad, resistencia o velocidad.
  15. Cuando la Situación de Asistencia es causada por la destinación del Vehículo para fines de enseñanza o de instrucción de su manejo o funcionamiento.
  16. El reembolso por cualquier servicio contratado o coordinado fuera de la cabina de emergencias de BEST CARE disponible las 24 horas del día y los 365 días del año.
  17. El uso de las asistencias por personas ajenas a las descritas.
  18. Consolidar los montos de cobertura de las asistencias en un solo evento que puedan presentar excedente en el límite de cobertura por evento.
  19. Todos los servicios de asistencia con plazo para uso no serán acumulables durante su vigencia.

16. Ámbito Territorial de Asistencias/Alcance General

Los servicios del Programa de Asistencia para el país de origen se prestarán en el territorio de la República de Guatemala, El Salvador, Honduras, Costa Rica, Nicaragua, República Dominicana, Bolivia, México, Colombia, Chile, Ecuador, Uruguay, Paraguay, Argentina, Puerto Rico y Perú. 

En estos casos se determina como beneficiario al núcleo familiar del Afiliado, el cual comprende a personas que conviven en una misma vivienda, pudiendo ser el cónyuge legalmente identificado, hasta tres hijos menores de dieciocho años dependientes económicamente del beneficiario, o padres (no mayores a 70 años) en caso de personas solteras, lo cual debe definirse en el formulario de inscripción al programa.

En el caso del Afiliado en EE.UU., éste contará con las asistencias designadas en su lugar de residencia.

17. Definiciones

  • AFILIADO: el cliente, quien paga el producto.
  • RED: donde el Afiliado hace la compra del producto.
  • BENEFICIARIOS: el Afiliado y las personas del núcleo familiar designadas por el Afiliado, quienes contaran con las asistencias detalladas en el presente documento.

18. Proceso General de Solicitud de Servicios

En caso de que el Afiliado y sus beneficiarios requieran de los Servicios del Programa de Asistencia, se deberá proceder de la siguiente forma:

  1. Una vez se verifique el pago del Programa de Asistencia en la Red, EL CUAL NO SERÁ REEMBOLSABLE POR NINGÚN MOTIVO, el Afiliado recibirá el Programa de Asistencia que contendrá los términos y condiciones de los Servicios y el número telefónico para solicitar las Asistencias, el cual será un número telefónico de cada país de origen, con excepción del servicio de Telemedicina y Segunda opinión médica para el Afiliado, para los cuales deberá acceder a un link.
  2. La prestación de servicios será exclusivamente para los afiliados y beneficiarios que figuren dentro del listado último proporcionado por la Red, para poder gozar de los beneficios de los programas.
  3. El Afiliado y sus beneficiarios estarán habilitados para hacer uso de los Servicios del Programa de Asistencia después de las cuarenta y ocho (48) horas hábiles siguientes a ser reportados por parte de la Red a BEST CARE.
  4. El Afiliado y sus beneficiarios que requieran del servicio se comunicarán con BEST CARE al número telefónico asignado para atender las Situaciones de Asistencia y procederá a suministrarle al Personal de Asistencia de BEST CARE que atienda la llamada respectiva, todos los datos necesarios para identificarlo como Afiliado activo del Programa de Asistencia y todos los demás datos que sean necesarios con el fin de poder prestar el servicio solicitado, tales como la descripción del problema y el tipo de ayuda que precise, un número telefónico en el cual localizarlo y dirección de ubicación. Si en el momento en que se solicita el servicio no aparece como beneficiario en la base de datos que la Red le envía a BEST CARE, ésta podrá brindar el servicio, siempre que medie autorización expresa, por escrito o vía telefónica de un ejecutivo de la Red autorizando el servicio adicional
  5. Mediante mapeo y sistemas BEST CARE localizará al Personal de Asistencia más cercano al lugar donde se presente la Situación de Asistencia y sea requerido el servicio.
  6. Una vez asignado el Personal de Asistencia que prestará el servicio, BEST CARE le informará al Beneficiario el nombre de este y el tiempo estimado de arribo, cuando el tipo de asistencia lo amerite.
  7. Todos los Servicios se monitorean de principio a fin para minimizar el tiempo de espera y verificar la correcta prestación del Servicio de acuerdo con los más altos estándares de calidad.
  8. En caso el Beneficiario no se encuentre en el listado recibido por parte de la Red, BEST CARE validará los datos directamente con la Red, previo a negar un servicio u ofrecerlo en conexión.

En caso de que no se cumpla adecuadamente el procedimiento indicado, BEST CARE no asumirá responsabilidad ni gasto alguno relacionado con la no-prestación de los Servicios de Asistencia relacionados en el presente anexo.

Somos una compañía de servicios de cuidados personalizados líderes en Latinoamérica y el Caribe.

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